Ley Orgánica de Precios Justos: ¿efecto inverso?
Seguidamente, comenzaron las intervenciones con el abordaje del abogado y especialista en Derecho Financiero y Tributario, Oscar Niño Bezara, quien aseguró que “los objetos de la LOPJ son dos: determinación de precios justos para los bienes y servicios y fijación de porcentaje de ganancias". Niño sostuvo que existen contradicciones legales con respecto a la antigua Ley y reconoció que la actual legislación condiciona las capacidades productivas de las empresas.
Para la economista Ana Carolina González, lo más importante al momento de cumplir con la legislación es tener presente que la estructura de costo es la que “influye en la fijación de precios”. Además, González también exhortó a los presentes a inscribirse en el Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas (RUPDAE) para evitar sanciones legales. "El RUPDAE es obligatorio e indispensable para estar dentro de LOPJ", sentenció.
A su vez, Rondón advirtió que para efectos legales gasto y costo son conceptos discrepantes. "Costo y gasto no es lo mismo en nuestros estados financieros. Costo es una erogación con el fin de obtener ingresos, mientras gasto consiste en una erogación que financia una actividad específica en beneficio de la empresa", aseguró la especialista en administración tributaria.
El evento finalizó con la intervención del abogado y, experto en Derecho del Trabajo y Seguridad Social, Carlos Rivera Salazar, quien señaló que la actual legislación tiene efectos contraproducentes sobre los derechos laborales de los trabajadores.